Elabora una redacción de una cuartilla donde expliques con tus propias palabras la figura jurídica del enriquecimiento ilegítimo.
El Código Civil en su Art. 7.117 nos habla propiamente de la reparación del daño, en una cuantía igual al perjuicio causado.
Tomando en cuenta esta acción del pago de lo indebido en particular, se puede apreciar que existe un error de parte del deudor, y que el supuesto acreedor se provecha del error este para acceder a la prestación obrando de mala fe.
La figura del enriquecimiento ilícito es una fuente de las obligaciones y como tal origina una prestación y es muy importante observar las disposiciones del Código Civil en cuanto a la mala y la buena fe, ya que si se obra de buena fe solo se restituirá el enriquecimiento recibido, pero en el caso de obrar de mala fe se acatara el supuesto acreedor al precio actual o anterior que estipule el deudor perjudicado, cuando se trate de intereses legales que se basen en capitales se deberá abandonar el interés legal que de ellos devenga, cuando se enajene un bien logrado de mala fe se le restituirá la deudor el daño, no solo de supuesto acreedor, sino también de quien en ese momento tenga en posesión el bien está obligado a reparar el daño.
Existe una cierta ventaja cuando el bien es donado, siempre y cuando se obre de buena fe la donación no subsistirá y solo se restituirá el daño si el bien resulta con alguna afectación.
Otro punto de suma importancia es la prescripción, que en este caso el código civil manifiesta que son cinco años contados a partir de que se ha realizado el pago indebido los que tenemos para exigir la restitución de lo contrario perderemos el derecho a la prestación.
La sanción que establece el Código Civil para los pagos que tengan que ver con fines ilícitos es muy acertada ya que se otorgara el DIF, para un correcto uso, mientras que el otro porcentaje lo podrá recuperar quien lo entrego.
Lo más importante de esta figura jurídica es que existen modos de resarcir el daño, las obligaciones traen consigo el vínculo que existe entre el acreedor y el deudor es cumplimiento de una prestación, en este caso del detrimento que es sufrido en el patrimonio.
Para que este pueda darse como tal debe existir un empobrecimiento o desplazamiento patrimonial del afectado.
Esta figura jurídica tiene mucha trascendencia, pues se encuentra entre las cuatro fuentes principales de las obligaciones, clasificada dentro del grupo de los cuasicontratos junto con la gestión de negocios.
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